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Se veía venir de lejos. Alfredo Pérez Rubalcaba, ministro de Interior, ha comunicado los cambios que formarán parte de la nueva Ley de Seguridad Vial, que penalizará algunos usos y conductas hasta ahora bajo observación o protegidas por una cierta ambigüedad legal. Las novedades son numerosas, pero posiblemente las más peliagudas sean las que hacen referencia al uso de navegadores GPS y sistemas anti-radar. Esto es lo que nos dice el texto oficial, en vigor a partir del 25 de mayo:
- “Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación” detraerá 3 puntos del carné. El texto de la nota de prensa no es del todo concreto, no obstante, dado que “conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado”.
- “Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar” será motivo de sanción con seis puntos negativos. La multa será de 6.000 euros según el diario El País, y las empresas instaladoras podrían llevarse un “premio” de entre 2.000 y 3.000.
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